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Sufre, luego importa

Publicación: 16 mayo, 2023 |

¿Qué trato merecen los animales? ¿Debemos ser vegetarianos o, incluso, veganos? ¿Es legítimo usar animales como sujetos de investigación médica? ¿Ha de perpetuarse la tradición de las corridas de toros?

Tradición versus Razón

Si, por lo tanto, es el criterio de la tradición o el patrimonio cultural el que suele servir para excluir la lidia (y otros espectáculos) de la prohibición de exhibir públicamente el maltrato de animales, [1] debemos preguntarnos si se trata de un criterio convincente.

¿Es de tanta relevancia ética el criterio de la tradición como para que se anteponga a esos bienes jurídicos los intereses generales que se pretenden defender al limitar la libertad artística con la mencionada prohibición?

Es cierto que, al igual que los legisladores, algunos ensayistas han defendido las corridas apelando a su antiguo origen y a su constante presencia en las costumbres españolas, de modo que constituyen un valioso patrimonio y seña de identidad para los españoles. Para Ortega y Gasset, por ejemplo, no puede escribirse la historia de España sin entender la realidad taurina `[2]. Y Enrique Tierno Galván lo explicaba aduciendo que los toros testimonian y expresan la unidad de los distintos pueblos de España de la misma manera que la ópera exhibe la psicología profunda de la nación italiana [3]. Para Fernando Villalón, «puede decirse,sin temor a caer en la hipérbole, que el taurinismo llega a constituir una característica
fuertemente burilada en el temperamento español» (1986: 16, cit. en De Lora, 2003: 291). Incluso Pérez de Ayala, partidario de prohibir las corridas por su nocividad social, llega a reconocer su tremenda utilidad para conocer la auténtica forma de ser de los españoles. Mantiene que «son una cosa tan nuestra, tan obligada por la naturaleza y la historia como el habla que hablamos. Nacieron con España y es de barruntar que no concluyan sino cuando ella concluya» (1925: 180 y 186, cit. en De Lora, 2003: 291).

Lo primero que puede destacarse de este tipo de afirmaciones es su carácter obviamente exagerado. Las corridas no pueden ser tan definitorias de la idiosincrasia española porque, contrariamente a lo que mantienen esos ensayistas, aparecen en la historia de España muy recientemente. Aunque no falta quien sitúa su origen en los tiempos míticos [4], las corridas, tal y como las conocemos actualmente, no aparecen hasta el siglo XVIII. [5]

De todas formas, el principal error en aquellos que pretenden justificar la excepción legal de las corridas en virtud de su carácter tradicional no está en que sobrestimen el valor patrimonial o idiosincrásico de estas; está en el propio hecho de utilizar el criterio de la tradición para justificar la excepción. Pues se trata de un criterio que por sí solo no puede fundar un juicio moral. No es una razón válida para prescribir cierto comportamiento el mero hecho de que este responda a una costumbre. Si conservamos las tradiciones es porque entendemos que transmiten valores positivos o,
al menos, no transmite ninguno negativo. Sería irracional que en el momento del declive de la Santa Inquisición, o incluso actualmente, una vez conocidos sobradamente sus inutilidades y excesos, alguien defendiese la persistencia, o el restablecimiento, de dicha institución simplemente porque constituye algo propio de la historia de nuestro país.

En definitiva, desde la más simple lógica de la argumentación ética, uno puede, para mantener cierta práctica, aducir razones que nos convenzan de su conveniencia, y se puede discutir si dichas razones son correctas; pero lo que no es aceptable, porque ni siquiera es una razón moralmente relevante, es afirmar que algo se deba hacer solo porque siempre, o casi siempre, se haya hecho.

Por tanto, para examinar racionalmente la permisividad de las corridas ha de considerarse básicamente si se trata de una costumbre que merezca ser conservada. Este requisito se hace más inexorable cuando se acepta, como ha quedado reflejado en las leyes de nuestro país, que la exhibición del maltrato animal debe evitarse porque erosiona la convivencia y ofende la sensibilidad de muchos. Resulta entonces que los que quieran defender la lidia desde un punto de vista racional se han de enfrentar, antes que nada, al reto de demostrar que los valores transmitidos por esta práctica son positivos; que en el caso de que en ellas se mostrara la idiosincrasia española, esta fuera tan aceptable, y las corridas tan insustituibles en su promoción, que se hiciera evidente la conveniencia de aceptarlas como una excepción a la regla general de prohibir crueles espectáculos.

Pero los defensores de las corridas no suelen afrontar esta exigencia básica para mantener su posición. Y eso, el mostrar lo valioso de tales espectáculos, constituye una tarea ineludible para ellos, sobre todo cuando sí han aparecido en escena autores empeñados en señalar sus aspectos negativos. Desde la aceptación de que los toros tienen un significado muy hondo, que afecta directamente a la configuración sociológica, psicológica y moral del pueblo español, el ensayista de finales del XIX y principios del XX,
Eugenio Noel, los criticó porque en tal espectáculo se manifiestan, más que las virtudes, todos los vicios de dicho pueblo. En los toros se plasma y promueve una forma de ver la vida que subterráneamente ha conseguido unificar las dispares regiones españolas en unas costumbres que han impedido el progreso de nuestro país y la asimilación por parte de sus ciudadanos de los grandes ideales de la Modernidad. Esa cosmovisión, causa de los males de España, es llamada por Eugenio Noel «flamenquismo» y se encarna de manera ejemplar en nuestro símbolo nacional, el torero [6].

Así dice:

De las plazas de toros salen estos rasgos de la estirpe: la mayor parte
de los crímenes de la navaja; el chulo; el hombre que pone la prestancia
personal sobre toda otra moral; la grosería; la ineducación; … el odio
a la ley; el bandolerismo; esa definición extraña del valor que se concreta en la palabra riñones y que ha sido y será el causante de todas
nuestras desdichas; … el «apachismo» político; todos, absolutamente
todos los aspectos del caciquismo y del compadrazgo.

Eugenio Noel, 1967
161-162, cit. en Cambria, 1974: 194-195

Podrían no compartirse las acusaciones de Noel pero lo que resulta innegable es que, con ellas, los defensores de las corridas lo tienen aún más difícil. Además de contestarlas, han de aportar razones de la conveniencia de las corridas; razones que, no lo olvidemos, deben ser de tanto peso como para contrarrestar el asumido principio de que la existencia de espectáculos con maltrato animal atenta contra intereses sociales importantes.

Y nosotros creemos que a los defensores de la lidia aún se les puede exigir algo más. Pues incluso suponiendo que se pudiese demostrar, como se le exige, que la sociedad se beneficiaría de alguna manera de las corridas, cabría preguntarse si dicha sociedad, de humanos, es lo único que debe importar en las decisiones morales que implican a animales. Podríamos plantearnos que quizá el problema de la lidia no esté en ver si beneficia o no a los humanos, sino en el hecho de analizarla habitualmente desde una
moral incongruente que dice preocuparse por el bienestar y el respeto a los animales mientras se olvida de ellos cuando intereses humanos, muchas veces de carácter secundario, lo requieren.

Estas incoherencias se hacen evidentes en la legislación que aquí estamos considerando y solo se superarán cuando cojamos por los cuernos al toro de nuestras relaciones con los animales. Dichas relaciones están basadas actualmente en un insostenible especismo que, como veíamos en el capítulo primero, diferencia moralmente a los seres vivos en virtud exclusivamente de su pertenencia o no a la especie Homo sapiens. Esto conduce a concebir a muchos animales, solo por no ser humanos, como meras cosas, que solo importan si son instrumentalmente valiosos para los humanos. Y todo eso a pesar de que, como veíamos en los capítulos segundo y tercero, tales seres pueden ser idénticos a los humanos en algo tan significativo como su capacidad de sufrir o su consciente interés por vivir. Solo cuando se supere esta irracional discriminación moral de los animales se estará en condiciones de legislar adecuadamente en temas relacionados con el maltrato de estos.

El objetivo principal debe ser el reconocimiento constitucional de un derecho básico de todos los seres sintientes a no sufrir, y de todos los autoconscientes, a la vida; unos derechos esenciales que, de ser asumidos, nos obligaría a no someter el bienestar básico y la vida de los toros, por ejemplo, a intereses humanos secundarios como el de la mera diversión, el disfrute de manifestaciones dudosamente artísticas o la transmisión de cuestionables valores idiosincrásicos.

Francisco Lara & Olga Campos
Sufre, luego importa
Reflexiones éticas sobre los animales
Capítulo 6
¿Cultura o tortura?
Las corridas de toros y la legislación española

NOTAS BIBLIOGRÁFICAS

1— Este es también el criterio con el que algunos eurodiputados españoles
han conseguido introducir en la legislación comunitaria sobre protección de animales una cláusula de excepción para salvaguardar las costumbres tradicionales y más concretamente, las corridas de toros. Es lo que pasó, por ejemplo, cuando con la negociación del Tratado de Ámsterdam, firmado en 1997, se conseguía sustituir la declaración número 24 del Tratado de la Unión Europea con la intención de «garantizar una mayor protección y un mayor respeto del bienestar de los animales como seres sensibles». A tal fin se acaba pidiendo a los Estados miembros que, a la hora de aplicar las políticas comunitarias, tengan plenamente en cuenta las exigencias en el bienestar de los animales, pero «respetando al mismo tiempo las disposiciones legales o administrativas y las costumbres de los Estados miembros relativas, en particular, a ritos religiosos, tradiciones culturales y patrimonio regional». En similares términos quedaba redactado el artículo III-121 de la Constitución europea, finalmente no refrendada en todos los países: «la Unión y los Estados miembros tendrán plenamente en cuenta las exigencias del bienestar de los animales como seres sensibles, al tiempo que respetarán las disposiciones legales o administrativas y los usos de los Estados miembros, en particular por lo que respecta a los ritos religiosos,
las tradiciones culturales y los patrimonios regionales
».

2— Ortega y Gasset (1958: 155), cit. en De Lora (2003: 291).

3— Tierno Galván (1987: 48-49), cit. en De Lora (2003: 291).

4— En Villalón (1986: 22) y Fernández Rodríguez (1999: 122), cit. en De Lora (2003: 286), se sostiene que Hércules ya había toreado en su décima tarea, al arrebatarle a Gerión, el monstruo que reinaba en España, sus bueyes rojos y dárselos a Euristeo.

5— Según Ortega y Gasset (1958: 153-155, cit. en De Lora, 2003: 289), aparecen exactamente en 1728. Antes de ese año solo existía un espectáculo en el que los nobles, a caballo, rejoneaban y mataban al toro. Los que a pie ayudaban a esos rejoneadores serán, con el tiempo, los actuales matadores de toros.

6— Eugenio Noel (1912: 41-2), cit. en Cambria (1974: 187).

El Libro

Este libro no plantea la cuestión meramente desde los ejemplos y las opiniones sino que, sin perder su pretensión divulgativa, son los argumentos filosóficos los que guían la estructura del texto como un todo.

Aportan razones que sirven de marco para actuar de una u otra forma, al plasmarse en obligaciones concretas. La justificación teórica se aplica a cuestiones muy específicas: La forma trivial y carente de rigor con la que muchas veces se han tratado estas cuestiones demanda un análisis serio de la pregunta fundamental sobre si los animales tienen o no derechos morales.

En Sufre, luego importa veremos claramente identificadas las graves incoherencias al respecto de los postulados éticos tradicionales que, paradójicamente, todavía hoy rigen nuestras acciones. Y se defenderá que la ética no puede obviar el sufrimiento de los seres que lo padecen. El que uno pueda ser dañado tendría que ser lo relevante, y no la capacidad de hablar o la pertenencia a una determinada especie. Francisco Lara y Olga Campos identifican con claridad los motivos para cambiar de paradigma ético. Nos presentan el debate del valor moral de los animales lejos del dogmatismo pero sin renunciar a la firme reivindicación de determinadas obligaciones morales que implicarán un cambio radical en nuestra forma de relacionarnos con ellos.

Los autores

Francisco Lara es doctor por la Universidad de Granada y está especializado en ética consecuencialista y ética aplicada. Dentro de esta última área temática, tiene artículos editoriales y ha contribuido en varios libros sobre el debate del trato animal. Actualmente es profesor en el Departamento de Filosofía Moral de la Universidad de Granada.

Olga Campos es investigadora del Departamento de Filosofía de la Universidad de Granada. Defiende los derechos morales de los animales y sus publicaciones son el resultado de investigaciones sobre las inconsistencias de los desarrollos biotecnológicos.

Editorial Cultura Vegana
www.culturavegana.com

FUENTES BIBLIOGRÁFICAS

1— amazon.com, «Sufre, luego importa», Francisco Lara y Olga Campos, Editorial Plaza y Valdés, Publicado el 31 de mayo de 2015

2— culturavegana.com, «Si los toros son arte, el canibalismo es gastronomía», Editorial Cultura Vegana, Última edición: 1 enero, 2023 | Publicación: 17 abril, 2021. «La fiesta nacional es la exaltación máxima de la agresividad humana.» Félix Rodríguez de la Fuente

3— culturavegana.com, «La Plaza», Documentales Cultura Vegana, Publicación: 19 enero, 2022. La Plaza es un corto dirigido por Antonio Cuesta y protagonizado por Selu Nieto en la papel de un torero llamado Luis Valiente, que sufre un ataque de ansiedad el día de su debut.

Cortometraje La Plaza

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